Libro registro de contratos de alquiler de vehículos sin conductor: obligación, plazos y RGPD

Qué obliga la normativa española sobre el libro registro de contratos de alquiler de vehículos sin conductor: datos, plazos de conservación, RGPD y DGT.
Qué es el libro registro de contratos de alquiler de vehículos sin conductor y a quién obliga
La obligación nace del artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, que incluye el alquiler de vehículos de motor entre las actividades "relevantes para la seguridad ciudadana" y exige un registro documental de las operaciones, accesible a los agentes de la autoridad. Es la misma lógica que se aplica a los establecimientos de hospedaje: la Administración quiere poder reconstruir quién conducía qué vehículo y en qué fechas. No es un formulario oficial que descargas de una web: es un registro que tú llevas, en el soporte que elijas, siempre que sea íntegro, ordenado cronológicamente y puedas exhibirlo cuando te lo pidan.
Qué datos exige la normativa y cuánto tiempo hay que conservarlos
El núcleo mínimo del registro es siempre el mismo: identificación completa del arrendatario (nombre y apellidos o razón social, número de DNI, NIE o pasaporte, domicilio), número y clase del permiso de conducir de quien va a conducir, matrícula y datos del vehículo, fecha y hora de entrega y de devolución previstas y reales, lugar de recogida y número de contrato. Si permites conductores adicionales, cada uno de ellos debe constar con sus datos y su permiso: es el error más caro del sector, porque un conductor adicional no registrado te deja sin capacidad de identificar al infractor.
Identificar al conductor ante la DGT: plazos reales y cuánto cuesta fallar
Cuando una multa llega a nombre de la empresa titular del vehículo, la Ley de Tráfico impone al titular el deber de identificar verazmente al conductor responsable. Para las empresas de alquiler sin conductor la obligación se entiende cumplida aportando los datos del arrendatario que figuraba en el contrato en la fecha y hora de la infracción. El plazo del requerimiento es corto: quince días naturales desde la notificación. Si trabajas con notificaciones electrónicas por DEV o por la Dirección Electrónica Habilitada, el reloj empieza a correr con el acceso o con el transcurso de los diez días de puesta a disposición, no cuando alguien abre el correo.
Por qué el libro registro de contratos de alquiler falla en una inspección
El fallo casi nunca es no tener contratos: es no poder demostrar quién conducía a una hora concreta. Los tres agujeros más frecuentes son las devoluciones fuera de horario sin hora real registrada, las prórrogas pactadas por teléfono que no se documentan y los cambios de vehículo por avería que no generan un contrato nuevo. En los tres casos existe un contrato, pero el periodo que cubre no coincide con el momento de la infracción y la identificación se cae. Un contrato "del 10 al 14" no te sirve para una multa del día 15 a las 08:20 aunque el coche siguiera con el cliente.
RGPD: fotos de DNI, minimización y plazos de borrado
El RGPD y la normativa sectorial tiran en direcciones opuestas y hay que reconciliarlos por escrito. El artículo 5.1.e del RGPD obliga a limitar el plazo de conservación al mínimo necesario para la finalidad. Tener una base legal para tratar el DNI del arrendatario —obligación legal y ejecución del contrato— no te habilita para guardar indefinidamente una fotografía del documento. La AEPD viene siendo restrictiva con las copias de documentos identificativos: lo proporcionado es verificar la identidad, registrar los datos que la norma exige y no conservar la imagen más allá de lo necesario para acreditar esa verificación.
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Primero, un contrato por periodo real, no por periodo previsto. Cada prórroga, cambio de vehículo o conductor adicional genera una línea nueva con hora de inicio y fin. Segundo, verificación de identidad en el momento de la entrega, con el número de documento tecleado y comprobado contra la imagen, no la imagen sola. Tercero, hora real de entrega y devolución capturada por el sistema, no escrita a mano. Cuarto, expediente único por reserva donde cuelgan contrato, verificación, fotos de estado, incidencias y multas. Quinto, calendario de retención por tipo de dato, escrito y automatizado.
Preguntas frecuentes sobre el libro registro de contratos de alquiler sin conductor
¿Es obligatorio el libro registro de contratos de alquiler de vehículos sin conductor?
Sí. El artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2015 de seguridad ciudadana incluye el alquiler de vehículos de motor entre las actividades que deben llevar un registro documental de sus operaciones y ponerlo a disposición de los agentes de la autoridad. Además, la normativa de transportes exige que el contrato de arrendamiento sin conductor conste por escrito, identifique vehículo y arrendatario y quede a disposición de la Administración. No hay un modelo oficial: puedes llevarlo en papel o en soporte digital, siempre que sea íntegro, esté ordenado cronológicamente y puedas exhibirlo en el momento en que te lo requieran.
¿Cuánto tiempo hay que conservar los contratos de alquiler de vehículos?
Seis años como criterio operativo, porque es el plazo que impone el artículo 30 del Código de Comercio para la documentación del negocio, y es el más largo de todos los aplicables. Dentro de ese periodo conviven plazos más cortos: la normativa de transportes exige tener el contrato disponible para inspección durante aproximadamente un año desde su finalización, y los registros de seguridad ciudadana se manejan en el entorno de los tres años. La Ley General Tributaria añade cuatro años de prescripción, ampliables si hay comprobaciones abiertas. Las fotos de DNI y permiso no siguen este calendario: se borran mucho antes.
¿Cuánto tiempo puedo guardar la foto del DNI de un cliente de alquiler?
Solo el tiempo necesario para verificar la identidad y acreditar que esa verificación se hizo; después hay que eliminarla. El artículo 5.1.e del RGPD impone limitar el plazo de conservación al mínimo necesario, y la AEPD es restrictiva con las copias de documentos identificativos. Lo defendible es borrar la imagen en cuestión de días tras la entrega del vehículo, conservando en el registro los datos textuales que la normativa sí exige —nombre, número de documento, permiso de conducir y domicilio— y una traza de que la comprobación se realizó. Guardar fotocopias de DNI durante años es una infracción de protección de datos, no una precaución.
¿Qué pasa si no identifico al conductor de una multa de la DGT?
Se sanciona como infracción muy grave del titular del vehículo, con una multa del doble de la sanción original si la infracción de origen era leve y del triple si era grave o muy grave. Una multa de 300 euros por exceso de velocidad se convierte en 900 euros a cargo de tu empresa. El plazo para responder al requerimiento es de quince días naturales desde la notificación, que con notificación electrónica empieza a contar con el acceso o al agotarse el periodo de puesta a disposición. La identificación debe ser veraz y completa: nombre, apellidos, número de documento y domicilio a efectos de notificación.
¿Vale un Excel como libro registro de contratos de alquiler sin conductor?
Legalmente no está prohibido, pero es la opción más frágil ante una inspección o un requerimiento. Un Excel se modifica sin dejar rastro, no tiene sello de tiempo ni histórico de cambios, y una fila editada después de recibir una notificación pierde valor probatorio. Además obliga a mantener a mano el contrato firmado, la verificación de identidad y las horas reales de devolución en archivos separados, justo cuando tienes quince días naturales para contestar. Un sistema que guarde el expediente completo por reserva con trazabilidad de cambios resuelve en un minuto lo que con hojas de cálculo cuesta media jornada.
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